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Juzgado autoriza listas finales de trabajadores de AHMSA y fija pasivo laboral

La resolución define los montos que podrían recibir los trabajadores de AHMSA y MINOSA; el pago dependerá de los recursos obtenidos mediante la venta de los activos de las empresas.

CIUDAD DE MÉXICO.— El Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles autorizó finalmente las listas de trabajadores de Altos Hornos de México y Minera del Norte, con lo que quedaron definidos los montos correspondientes al pasivo laboral preferente y no preferente dentro de los concursos mercantiles.

La determinación fue emitida el 7 de septiembre de 2026 por la jueza Ruth Haggi Huerta García, dentro de los expedientes 19/2023, correspondiente a AHMSA, y 77/2022, relacionado con MINOSA. La resolución ordenó además la difusión de una versión simplificada para conocimiento de trabajadores, acreedores y demás interesados.

En el caso de AHMSA, la lista final contempla a 9 mil 857 trabajadores, quienes forman parte del universo laboral considerado dentro del procedimiento concursal. De ese total, únicamente 39 personas trabajadoras o extrabajadoras presentaron directamente manifestaciones o inconformidades ante el juzgado, mismas que fueron analizadas y respondidas.

La resolución también atendió las objeciones formuladas por organizaciones sindicales, entre ellas el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, así como el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Conexos.

Otro de los planteamientos revisados correspondió al Grupo de Defensa Laboral de Trabajadores de Altos Hornos de México, Asociación Civil, además de observaciones presentadas por diversos acreedores involucrados en los concursos mercantiles de las compañías.

Entre los acreedores que formularon planteamientos aparecen Petróleos Mexicanos, como subrogatorio de Pemex Transformación Industrial; Caterpillar Crédito; Progress Rail Leasing de México, y Cargill Financial Services International INC, cuyos argumentos también fueron considerados dentro del análisis realizado por el órgano jurisdiccional.

Modificaciones del síndico fueron consideradas

El juzgado determinó además tomar en cuenta las modificaciones propuestas por el síndico de AHMSA, Víctor Manuel Aguilera Gómez, al considerar que dichas adecuaciones derivaron de las objeciones recibidas directamente de los interesados durante el plazo establecido para revisar y, en su caso, cuestionar las listas laborales.

La resolución también dio respuesta a una solicitud presentada por el Asesor Jurídico Federal del Instituto Federal de Defensoría Pública adscrito en la Ciudad de México, dentro del análisis realizado para establecer cuáles conceptos laborales tendrían carácter preferente frente al resto de las obligaciones reconocidas.

Uno de los puntos centrales de la determinación fue la interpretación de diversas disposiciones de la Ley de Concursos Mercantiles, particularmente los artículos 224 y 225, así como su relación con el artículo 123 constitucional y el Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo.

¿Qué conceptos tendrán preferencia?

El juzgado estableció que, bajo las circunstancias particulares de la insolvencia de AHMSA y MINOSA, los conceptos considerados para el pago preferente serán 90 días de salario, prima de antigüedad, salarios devengados durante el último año, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.

La autoridad judicial precisó que, respecto a los salarios pendientes, se considerará únicamente aquella parte correspondiente al trabajo que efectivamente haya sido realizado. El criterio busca evitar diferencias de trato entre trabajadores que se encuentran frente a derechos laborales con la misma naturaleza y prelación.

La decisión también toma en consideración la posibilidad de que los activos de AHMSA y MINOSA sean vendidos como una unidad productiva en marcha. El objetivo, de acuerdo con la resolución, es preservar eventualmente una fuente de empleo en la región donde históricamente han operado ambas compañías.

AHMSA acumula más de 16 mil millones de pesos

Para los 9 mil 857 trabajadores de AHMSA, el pasivo laboral preferente quedó establecido en 3 mil 057 millones 884 mil 978 pesos brutos, mientras que el pasivo laboral considerado como no preferente asciende a 13 mil 247 millones 298 mil 917 pesos.

En términos de UMAS, el pasivo laboral preferente de AHMSA fue establecido en 29 millones 476 mil 431 UMAS, mientras que el monto no preferente representa 127 millones 697 mil 117 UMAS, conforme a las cifras incluidas en la resolución judicial difundida.

Esto significa que, sumando ambos conceptos, el pasivo laboral reconocido para los trabajadores de AHMSA representa una cantidad superior a 16 mil 305 millones de pesos brutos, aunque ello no significa que esa cantidad vaya a entregarse automáticamente a los trabajadores.

MINOSA también tiene una deuda laboral millonaria

En el caso de Minera del Norte, la lista final comprende a 4 mil 050 trabajadores. Para ellos, el juzgado determinó un pasivo laboral preferente de 618 millones 048 mil 776 pesos brutos, además de un pasivo no preferente por 2 mil 325 millones 362 mil 166 pesos.

En UMAS, el pasivo preferente de MINOSA equivale a 5 millones 957 mil 671, mientras que el correspondiente al pasivo no preferente asciende a 22 millones 415 mil 290 UMAS, de acuerdo con las cantidades establecidas en el acuerdo emitido por el juzgado.

En conjunto, los montos reconocidos para los trabajadores de MINOSA representan casi 2 mil 944 millones de pesos brutos entre obligaciones laborales preferentes y no preferentes, cantidades que forman parte del procedimiento concursal y estarán sujetas a las condiciones de recuperación de recursos.

El dinero no está garantizado todavía

Uno de los puntos más importantes de la resolución es que la autorización de las listas y la definición de los montos no representan un pago inmediato para los trabajadores. El propio juzgado estableció que las cantidades podrán cubrirse únicamente si existe masa suficiente derivada de la venta de los activos.

Los recursos también podrían provenir del numerario que actualmente se encuentre en poder de la sindicatura como resultado de operaciones o ventas previamente autorizadas dentro de los concursos mercantiles. En cualquier escenario, los pagos estarán limitados por la cantidad de dinero efectivamente disponible.

La resolución establece expresamente que los pagos se realizarán hasta el máximo que las circunstancias de hecho lo permitan. Por ello, aunque los montos laborales ya quedaron definidos judicialmente, la recuperación efectiva dependerá directamente del resultado de la administración, conservación y eventual venta de los bienes de las empresas.

Un paso más dentro del concurso mercantil

La autorización de las listas finales representa uno de los pasos relevantes dentro del prolongado proceso concursal de AHMSA y MINOSA. Después de años de incertidumbre, el juzgado dejó establecidos los trabajadores considerados y los montos que corresponden a los distintos niveles de prelación laboral.

Sin embargo, el siguiente punto de presión será la obtención de recursos suficientes para hacer frente a esas obligaciones. La venta de los activos como unidad productiva aparece nuevamente como una de las principales alternativas contempladas para generar la masa necesaria que permita atender a trabajadores y acreedores.

Para los trabajadores, la resolución representa certeza respecto a su reconocimiento dentro del concurso, pero no significa todavía que exista una fecha determinada para recibir el dinero. El pago dependerá de que la sindicatura consiga recursos suficientes y de las condiciones bajo las cuales avance la venta de los activos.

La determinación fue firmada electrónicamente por Ruth Haggi Huerta García, jueza Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana.

Con esta resolución, la Sindicatura deberá continuar con las acciones ordenadas por la autoridad concursal, mientras trabajadores, sindicatos y acreedores permanecen atentos a la siguiente etapa del procedimiento. La definición de las listas elimina una de las principales incertidumbres, pero mantiene abierta la pregunta fundamental: cuánto dinero podrá recuperarse realmente.

El acuerdo deja así una fotografía clara del tamaño del problema laboral de ambas empresas: 13 mil 907 trabajadores de AHMSA y MINOSA, con obligaciones laborales que en conjunto superan los 19 mil 249 millones de pesos brutos, entre conceptos preferentes y no preferentes.

Ahora el desafío estará en convertir ese reconocimiento judicial en recursos reales para los trabajadores. La cifra establecida por el juzgado representa el pasivo reconocido, pero el monto que finalmente pueda llegar a los bolsillos de los extrabajadores dependerá de la capacidad de la masa concursal para generar dinero.

La resolución del 7 de septiembre marca, por tanto, un nuevo punto de referencia en el concurso mercantil. Las listas quedaron autorizadas y los montos definidos; el siguiente capítulo estará marcado por la venta de los activos, la generación de recursos y la posibilidad de comenzar a cubrir las obligaciones laborales reconocidas judicialmente.

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